El senador Andrés Forero (Centro Democrático) y el representante Luis Miguel López (Partido Conservador), junto a la congresista Carol Borda y otros legisladores, radicaron en el Congreso de la República el proyecto de ley ‘Laura’. La iniciativa legislativa busca prohibir y sancionar la realización de procedimientos médicos orientados a la afirmación de género o cambio de sexo en menores de edad.
El texto plantea la restricción absoluta en menores de tres tipos de intervenciones: el uso de bloqueadores de la pubertad, los tratamientos hormonales y los procedimientos quirúrgicos. El proyecto fundamenta su propuesta en el principio de prudencia médica, señalando los efectos irreversibles de estas intervenciones y la falta de consenso científico definitivo sobre sus impactos a largo plazo.
Régimen sancionatorio para el personal de salud
La norma centra su alcance en establecer un régimen disciplinario y ético enfocado en los profesionales e instituciones prestadoras de salud que ordenen o ejecuten dichos procedimientos:
Falta grave: La práctica o prescripción de estas intervenciones será catalogada como falta grave contra la ética médica, bajo los parámetros de la Ley 23 de 1981.
Sanciones: Los profesionales que incurran en esta conducta enfrentarán investigaciones éticas y, en caso de reincidencia, la suspensión del ejercicio de la medicina por un periodo de hasta cinco años.
El origen de la iniciativa
El proyecto toma su nombre del caso de Laura, una joven que a los 15 años fue sometida a un tratamiento hormonal en el Valle del Cauca y posteriormente desistió del proceso. Su familia emprendió acciones legales alegando fallas en las recomendaciones médicas recibidas.
Al respecto, los promotores de la norma señalaron que la discusión debe darse desde la perspectiva de la salud pública y la protección de la niñez, tomando como referente decisiones tomadas en países como Suecia y recomendaciones de gremios médicos en Estados Unidos.










