En una decisión judicial que ratifica las garantías procesales para el ejercicio de la denuncia pública en casos de violencia basada en género, el Juzgado 55 Penal del Circuito de Bogotá confirmó en segunda instancia la preclusión parcial del proceso penal adelantado contra la periodista Lina Marcela Castillo. La providencia desestima la querella interpuesta en su momento por el exconcejal e integrante de la administración saliente, Hollman Morris, quien acusaba a la comunicadora de los delitos de injuria y calumnia tras revelar hechos de presunto acoso sexual y laboral.
Libertad de expresión, prescripción de la acción y contexto judicial del caso
Amparo a la denuncia pública y protección a la mujer: La jueza de segunda instancia determinó que las manifestaciones de Lina Castillo respecto a las situaciones de acoso sexual y amenazas sufridas en el entorno laboral de Morris están plenamente amparadas por el derecho a la libertad de expresión y constituyen una denuncia legítima frente a la violencia contra la mujer, desestimando los señalamientos de calumnia.
Prescripción de la acción penal por injuria: La decisión judicial declaró la prescripción de los términos respecto a los señalamientos por injuria, manteniendo la preclusión ordenada en primera instancia por el Juzgado 86 Penal Municipal de Bogotá a favor de la comunicadora.
Origen del litigio: El caso se remonta al año 2019, cuando Castillo hizo públicos comportamientos indebidos y comentarios inapropiados formulados por el exfuncionario en el marco de sus funciones, lo que derivó en la posterior denuncia penal por calumnia promovida por Morris y que hoy queda archivada en este punto por los estrados judiciales.
Esta decisión del aparato judicial reafirma el respeto a las denuncias por violencia de género y marca el fin de la estrategia judicial mediante la cual se pretendió silenciar los señalamientos de acoso contra exintegrantes de la pasada administración










