A cuidar lo que sube a r des sociales al terminar una relación sentimental o podría verse en problemas.
Esto luego del caso donde se dio la publicación de imágenes en redes que llevó a que el Tribunal de Cundinamarca a analizar la libertad de expresión que pueden tener las personas al publicar contenidos en sus redes sociales , esto en relación a un posteo que hizo un hombre sobre su expareja, donde dejó en evidencia que existía entre ellos un vínculo amoroso.
acorde a lo considerado por el magistrado Luis Gilberto Ortegón, presidente del Tribunal, se dio el choque de derechos entre libertad de expresión y el de la intimidad personal. ambos protegidos por la Constitución y tratados internacionales de derechos humanos.
La acción de tutela, fue interpuesta por una persona contra su expareja, pidiendo que no se publiquen fotografías de él en redes sociales.
Esta sentencia se justifica en otra de hecha por la Corte Constitucional y aunque una tutela es inter parte, es decir que aplica para esta situación, en cualquier caso de una relación donde se infrinja el derecho a la intimidad, los jueces deben hacerlo respetar.
La autorización para publicar fotografías deberá ser evaluada por cada usuario, ya que si esta publicación pone en riesgo la integridad de la vida íntima de alguien, debe ser analizada por quien haga el posteo. De igual forma, hay que ser consciente de los acuerdos tácitos que se presentan para saber qué tipo de contenidos pueden ser subidos a la web.
El fallo dejó claro que las fotografías publicadas por la persona, debían ser eliminadas, ya que esta no quería que ese contenido estuviera disponible.
A pesar del fallo, el magistrado dejó claro que es necesario que cada persona genere acuerdos sobre las publicaciones en las que se permite aparecer y de igual forma, acordar en las relaciones este tipo de situaciones.