En las últimas horas, el Tribunal Administrativo de Cundinamarca negó la medida cautelar de suspensión del cargo del registrador, Alexander Vega.
La suspensión preventiva se pedía en una acción popular instaurada por el abogado Germán Calderón España. El alto tribunal explica que carece de competencia para ordenar la suspensión provisional del funcionario, por cuanto se trata de una medida propia del proceso disciplinario y porque la facultada para adoptarla es la Procuraduría.
“La Ley 472 de 1998 establece que la acción popular no puede interferir las acciones disciplinarias o penales que para el caso procedan”, dice la decisión del magistrado Luis Manuel Lasso.
Sin embargo, el alto tribunal decretó medidas cautelares de cumplimiento inmediato como acceso a información y participación de los partidos políticos en el proceso electoral.
“Puede afirmarse que las deficiencias advertidas en la organización y transparencia del proceso electoral, que se indicarán en detalle más adelante, han afectado (en los grados de amenaza y lesión), desde la perspectiva de algunos sectores representativos de opinión, la confiabilidad de los escrutinios y resultados electorales y la imagen de neutralidad y objetividad que se espera del Registrador Nacional del Estado Civil”, dice el documento.
El alto tribunal citó a audiencia al registrador, Alexander Vega, el próximo 11 de mayo. Ahí, será el escenario para escucharlo sobre las presuntas irregularidades que se presentaron en los comicios.