El Consejo de Estado explicó que el presidente Gustavo Petro sí puede ser investigado y juzgado si incurre en el delito de injuria y calumnia, pues el fuero constitucional no lo exime de responsabilidad penal.
“Se previene al presidente de la Republica a este respecto, con la precisión de que su fuero de juzgamiento penal no lo exime de responder por los delitos de calumnia o injuria, o por el delito de omisión de denuncia de los hechos delictivos que lleguen a su conocimiento, si fuere el caso”, dice el fallo.
El pronunciamiento se dio en la decisión del tribunal que rechazó una tutela de Alejandro Gaviria, exministro de Educación, en la que pedía que el presidente Gustavo Petro rectificara unas declaraciones en redes sociales en las que señaló que el exfuncionario del gobierno de desviar recursos para la educación.
Según la denuncia, el mandatario afirmó que Gaviria habría desviado más de un billón de pesos para entregarlos al Fomag, en donde existiría un entramado de corrupción.
“Alejandro Gaviria… en el primer año dejó perder un billón y medio de pesos que iba a las universidades y lo dejó trasladar al FOMAG donde hay una olla de corrupción, donde la politiquería se come la plata. Por estar cuidándole el negocio a las EPS, que no era su competencia, por eso se fue de mi gobierno”, recuerda el fallo.










