Colpensiones solicitó a la Corte Constitucional aplazar por un año la entrada en vigencia de las disposiciones de la reforma pensional que fueron declaradas exequibles, con el argumento de que la entidad necesita más tiempo para completar los procesos necesarios para implementar el nuevo sistema.
La petición fue presentada mediante una carta firmada por Diego Alejandro Urrego Escobar, presidente suplente de Colpensiones, en la que la administradora solicita una “modulación excepcional de los efectos temporales” de la decisión adoptada por el alto tribunal.
Actualmente, la fecha establecida por la Corte Constitucional para la entrada en vigencia de las disposiciones que integran el nuevo sistema pensional es el 1 de abril de 2027. La solicitud de Colpensiones busca que ese plazo sea extendido hasta el 1 de abril de 2028.
La entidad sostiene que el tiempo adicional permitiría culminar de manera ordenada la reglamentación y realizar los ajustes tecnológicos, operativos, financieros e institucionales requeridos para poner en marcha la reforma.
Según Colpensiones, la petición pretende reducir los riesgos que podría generar una implementación acelerada y garantizar que los diferentes componentes del nuevo sistema puedan comenzar a funcionar de manera coordinada.
La Corte había fijado abril de 2027
La solicitud se conoce después de que la Corte Constitucional, mediante la sentencia C-264 de 2026, estableciera que las disposiciones del nuevo sistema pensional aprobadas válidamente y declaradas exequibles comenzarán a regir el 1 de abril de 2027.
El alto tribunal consideró que el periodo entre la decisión y esa fecha constituía un plazo prudencial para que Colpensiones, las administradoras de fondos de pensiones y otros actores del sistema adelantaran las tareas necesarias para la transición.
La Corte también ordenó devolver a la Cámara de Representantes algunos artículos o apartes de la reforma para que sean nuevamente tramitados, debido a las irregularidades de procedimiento identificadas durante su aprobación. La entrada en vigencia de esas disposiciones dependerá del trámite de subsanación y de las decisiones posteriores del tribunal.
Ahora será la Corte Constitucional la encargada de estudiar la solicitud presentada por Colpensiones y determinar si modifica el plazo que estableció en su sentencia.
Mientras tanto, la administradora estatal sostiene que requiere un periodo adicional para completar la preparación del sistema y evitar dificultades en la transición hacia el nuevo modelo pensional.









