A través de la Resolución 1462 de 2020, el Ministerio de Salud y Protección Social estableció la prórroga de la emergencia sanitaria por covid-19 hasta el próximo 30 de noviembre.
En el acto administrativo se establece que esta prórroga podrá finalizar antes de la fecha señalada cuando desaparezcan las causas que le dieron origen o, en caso de estas persistir o incrementarse, el término podrá prorrogarse nuevamente.
Adicionalmente y con el objeto de prevenir y controlar la propagación del covid-19 en el territorio nacional y mitigar sus efectos, se adoptan medidas tales como prohibir los eventos de carácter público o privado que impliquen aglomeración de personas. “Prohibir los eventos de carácter público o privado que impliquen la concurrencia de más de 50 personas. Los eventos públicos o privados en los que concurran hasta 50 personas deben garantizar que no exista aglomeración y el cumplimiento de los protocolos de bioseguridad expedidos por el Ministerio de Salud y Protección Social”, dice el documento.
Dentro de las medidas también se encuentra la recomendación a las personas mayores de 70 años al autoaislamiento preventivo y la recomendación a la ciudadanía a no realizar o asistir a eventos sociales. Esto en el marco de otros puntos dirigidos a entidades prestadoras y autoridades departamentales para el desarrollo de estrategias que permitan mitigar la epidemia.
El artículo 3 de la Resolución habla de la cultura de prevención, este va dirigido a que las instituciones públicas y privadas, la sociedad civil y la ciudadanía en general deben coadyuvar en la implementación de la norma y las disposiciones. Esto “en desarrollo del principio de solidaridad y de los postulados de respeto al otro”.
El acto establece también las medidas de vigilancia y control epidemiológico en el que se contempla el Programa de Pruebas, Rastreo y Aislamiento Selectivo (PRASS), el trabajo mancomunado con entidades territoriales y Administradoras de Planes de Beneficios.