Por: Jorge Vergara Carbó
Entramos esta semana del 2 al 7 de mayo, a la recta final de la discusión y posible aprobación del Plan Nacional de Desarrollo que de acuerdo a la norma vigente debe aprobarse a más tardar el domingo 7 de mayo, ya que el Congreso cuenta con tres meses para darle aprobación. Actualmente fue aprobado en primer debate por las comisiones económicas de senado y Cámara, y ahora el 2 de mayo debe iniciarse su segundo debate por parte de las plenarias de Senado y Cámara. En el evento que no se apruebe el PND por parte del Congreso, el gobierno podrá fijarlo por Decreto, pero ese Decreto no podrá incluir: a) facultades extraordinarias, b) Creación de nuevos fondos y c) Restructuración Administrativa del Estado.
Este sería un golpe político para el gobierno y por supuesto un antecede negativo para el país, dado que lo ideal es que tanto el PND como el Presupuesto General de la República sean aprobados por el legislativo mediante los debates respectivos.
Con el proyecto de Ley de reforma a la salud, pueden suceder dos cosas que la ponencia favorable aprobada en la Comisión 7 de la Cámara, sea negada y archivada o se apruebe con modificaciones para que el proyecto siga haciendo curso en el Congreso hasta lograr su aprobación o hundimiento total.
Ante un panorama político tan incierto debido al rompimiento de la coalición de gobierno y al nombramiento de 7 nuevos ministros, no entendemos como el presidente Petro decide trasladarse a España, dejando al país dividido, pretendiendo el gobierno del cambio hacer lo mismo que han hecho quienes nos han gobernados durante tantos años, de tener que recurrir a la “mermelada” para comprar conciencia y romper con su promesa del 7 de agosto del 2021, cuando se posesiono de buscar la armonía con todo el pueblo colombiano para el que él, iba a gobernar. Lo de España podía esperar, lo urgente está en el país.
Con relación al PND” Colombia Potencia Mundial de la Vida” que cuenta con 373 artículos, que a nuestro juicio muchos de ellos violan los artículos 158 y 159 de la CN, en lo que trata de la “Unidad de Materia” tema sobre el cual existe jurisprudencia abundante por parte de la Corte Constitucional que se ha pronunciado en varias sentencias entre ellas la más reciente la C-042 de 2022 y. las C-048/18, C-415/00
La Corte Constitucional en su sentencia C-042/22 dice “. El carácter multitemático y heterogéneo del plan no puede dar lugar a que se introduzcan normas que no tengan una conexión estrecha directa e inmediata, dado que el principio democrático se encuentra restringido. En otra sentencia la Corte ha dicho
el control de constitucionalidad debe cuidar que la expedición de la ley del plan no se constituya en un vaciamiento de las competencias ordinarias del legislador, convirtiéndola en una herramienta para la solución de todas las urgencias legales que precise el Gobierno de turno; Dice la Corte que “
“El principio de unidad de materia encuentra fundamento en los artículos 158 y 169 de la Constitución Política y tiene por objeto racionalizar y tecnificar el ejercicio de la función legislativa por parte del Congreso de la República, para garantizar la expedición de textos normativos dotados de coherencia interna y claridad e impedir la aparición subrepticia de normas inconexas con la materia principal de cada ley, que pretendan escapar al riguroso proceso de construcción legislativa que se debe surtir en el seno del Congreso. Por tanto, el principio de unidad de materia guarda relación con el principio democrático, al propender por la defensa del debate parlamentario.
Traigo a colación estas sentencias de la Corte Constitucional porque al leer, estudiar y revisar el PND presentado por el gobierno se incluyen en ese documento una serie de modificaciones a leyes existentes, como también se crean una serie de entidades y Fondos que en nada o poco tienen que ver con la ley del PND. Lo que de contera dará elementos necesarios para que parte de sus artículos sean demandados ante la Corte y sean declarados por esta como “Inexequibles”.
Llama la atención que el gobierno de Gustavo Petro en su PND propone modificar varios artículos aprobados en el PND del gobierno de Duque, Ley 1955/19, pero no incluye el que estamos esperando los caribeños, el de anular el artículo 318 de dicha ley, que le da paso al régimen tarifario especial para el Caribe, y que sirvió de base para que la CREG lo reglamentara obligándonos a pagar un sobre costo de $200 por kilovatio hora consumido, lo que le ha significado al señor Alberto Ríos y a EPM, embolsillarse de octubre del 2020, a la fecha de $2.5 billones de pesos.
Con esta ley del PND, se pretende modificar entre otras las leyes de : contratación (ley 80/93, ambiental (ley 99/93), del Área Metropolitana (ley 1625/13), convivencia (ley 418/97), catastro y propiedad raíz (ley 44/90), normas que inciden sobre el IPC (ley 242/95), Sistema nacional sobre Reforma agraria y Desarrollo Rural (ley 160/94), Código de Extinción de Dominio (1708/14), Plan de Desarrollo de Duque (ley 1955/19),Reforma Rural Integral(ley 902/17), Desplazamiento forzado(ley 387/97),Reforma Forestal(ley 2/59),Plan de Desarrollo 2010-2014(Ley 1450/11),Racionalización Gasto Público nacional(ley 617/00),Certificado de Incentivo Forestal(ley 139/94),Servicios Públicos Domiciliarios)ley 142/94), energía eléctrica(ley 143/94), Agencia para la reconciliación(ley 4138/11, ley 897/17),General de Turismo(ley 1558/12),Política Migratoria(ley 2136/21),Educación Superior(ley 30/92),Política Paz del Estado(ley 2272/22),Cuota de Fomento Palma africana(ley 138/94),Agencia Presidencial de Cooperación(ley 4152/11),Normas para la Promoción del Crecimiento Económico(ley 2010/19), Código Nacional Recursos Naturales(ley 2811/74),Reconocimiento propiedad Tierra Afrocolombianos(ley 70/93),Estatuto Orgánico Sistema Financiero(ley 663/93).
Como pueden apreciar, el gobierno pretende modificar un cumulo de leyes, que de acuerdo al principio de “Unidad de materia” debería presentarlo independientemente ley por ley, para que a esas modificaciones a las leyes se debatan en el Congreso y no que por falta de tiempo ni siquiera se discutan en el PND.
Pero no es solo, las leyes que se modifican, sino la reestructuración Administrativa del Estado, que se pretende al crear Instituciones nuevas y fondos que también deberían ser presentados por fuera del PND. Incluye una serie de artículos relacionados con el sector Salud, que deberían esos artículos incorporarlos al proyecto de ley sobre la Salud que se discute en la Comisión 7 de la Cámara, y no en el PND, como se pretende como artículos nuevos. Entre las entidades que crean se encuentran entre otras :Centro de Altos Estudios Legislativos, Agencia Nacional de Seguridad Digital y Espacial, Fondo de Brechas de Desigualdad Poblacional e Inequidad Territorial, Sistema de Justicia Familiar, Sistema nacional de Protección Animal, Sistema Propio en Salud Universitaria Pública(art 337 PND), Centro de Vigilancia Contra Deforestación y otros Crímenes ambientales, Consejo Nacional Contra la Lucha contra la Deforestación(CONALDEF),Adecuación de Infraestructura de Parques Nacionales, Consejo Territorial del Agua, Sistema Administración del Territorio (SAT),Distrito de Adecuación de Tierras(FONAT), Agencia de Desarrollo Rural(ADR),Proyectos Integrales de Desarrollo Agropecuario y Rural(PIDAR), Coordinación Cambio Climático, Esquemas asociativos Territoriales(EAT), Sistema de Registro de Esquemas Asociativos Territoriales(REAT), Planes de Acción para la Transformación Regional(PATR), Super Notario y Registro (SNR), Sistema de Información Catastral (SINIC), Agencia Nacional de Tierras(ANT),Infraestructura Colombiana de Datos Especiales(ICDE), Fondo Colombiano Paz(FCP),Sistema nacional de Reforma agraria y Desarrollo Rural(SNRAR), Registro de Datos Maestro(RDM), Sistema de Transferencia al DPS, Renta Ciudadana, Hambre Cero, Registro Universal de Ingresos (RUI), Ministerio de la Igualdad, Consejo Nacional de Economía Popular, Variación pago salud pensionados de 2 a 3 SMLV del 12% al 10%,Contratación Mano de Obra Local 50%, Incentivos a Creación Empleos Nuevos a Discapacitados, Sistema Nacional de Cualificaciones(SNC), Integración Juntas Directivas Cámaras de Comercio, Fondo Cuenta Ministerio del Deporte.
En el PND el gobierno legislo, sobre todo, incluso sobre los juegos de azar, es bueno que se enteren que el Plan tiene cinco (5) ejes temáticos y tres (3) ejes transversales. Los primeros son: a) Ordenamiento alrededor del Agua, b) Seguridad Humana y Justicia Social, c) Derecho Humano a la Alimentación, d) Transformación Productiva, e) Convergencia Regional. Los segundos son: Paz Total-Actores diferenciales para el cambio y Estabilidad Macroeconómica.
El Plan de Inversiones se estima para los cuatro años, en $1.155 billones, los cuales serán financiados por el PGN, SGP, SGR, recursos territoriales, recursos de las empresas del Estado y Cofinanciación La mayor parte de los recursos van al eje de Justicia Social $744.2 billones, y a la convergencia Regional $136.5 billones, y a la transformación productiva 114.3 billones. Los mayores aportes a la financiación son del Presupuesto General de la Nación $577.4 billones, y del Sistema General de Participación $268.8 billones. No hay claridad en lo que podría aportar el sector privado mediante el proceso de Alianza Pública Privada (APP).
Que va a pasar, eso se determinará en el curso de esta semana en el Congreso de la República, con la ausencia del presidente Petro y algunos de sus ministros que lo acompañaran en su gira por España.
Lo que, si tenemos claro, es que de aprobarse tal como esta el articulado del PND, el cumulo de demandas que le caerán es posible que logren tumbar muchos de sus artículos.
El gobierno debería sacar del articulado del PND, todos los artículos que de una u otra forma tienen que ver con el sector de la salud, buscando la manera de incorporarlos si los considera importantes en el proyecto de ley de la salud que se esta discutiendo y que no ha sido aprobado.
Igualmente, si el gobierno quiere implementar una reforma agraria, debe elaborar un proyecto de ley especial para tratar ese asunto, y no pretender hacer esa reforma a través del PND. Esto es válido para los otros temas, si quiere modificar el Estatuto de Contratación, trátelo en una ley especifica que es mucho más fácil debatirla y aprobarla.
El ejecutivo no puede olvidarse que Colombia según nuestra Constitución es un Estado Social de Derecho, con las ramas del poder bien definidas y que quién aprueba las leyes es el Congreso de la República que es elegido por el voto popular y gústenos o no, nos representa.
La gobernanza es necesaria para poder realizar los cambios, y para lograr la gobernanza el ejecutivo necesita contar con un legislativo que le apruebe las leyes, pero mediante debates que contribuyan a mejorar las iniciativas gubernamentales.
Los colombianos votaron un 50.05%, por el Cambio, pero eso no significa que el cambio tiene que ser impositivo y que el Congreso debe aprobar lo que el presidente Petro pretenda, porque de hacerlo estaríamos en un Estado antidemocrático y eso presidente Petro no lo queremos la mayoría de los colombianos.
En el Caribe votamos por usted, y no hemos sentido el cambio, ni siquiera en materia de tarifa de energía nos ha cumplido y mucho menos en el giro de recursos del PGN para obras prioritarias en la región, y aún menos en el nombramiento de caribeños en su gabinete. Parecería que no contamos con gente suficiente preparada para ocupar cargos de alta dignidad en su gobierno.
Finalmente pregunto ¿Si habrán leído y estudiado nuestros parlamentarios los 337 artículos del PND? ¿Lo ha hecho el ministro Velasco?