Casos como los que se presentaron en Barranquilla con el asesinato de una joven de 17 años en el barrio Santa María y el de Elaine Figueroa, en el barrio La Playa, ambas víctimas de feminicidio y quienes dejaron hijos menores de edad en condición de vulnerabilidad, llevaron a la representante Martha Villalba a trabajar y a presentarla iniciativa ante el Congreso.
El proyecto busca la adopción de normas que garanticen los derechos fundamentales de los niños, niñas y adolescentes, y personas con discapacidad hasta los 25 años de edad a través de medidas de asistencia económica, que permitan aproximarse a una protección digna cuando se encuentren en condiciones de especial vulnerabilidad, debilidad e indefensión como consecuencia de la pérdida y ausencia de sus padres por razones de violencia intrafamiliar o feminicidio.
“Así como en Barranquilla ha habido casos que nos han conmocionado como el de estas mujeres que fueron víctimas de feminicidio y que dejaron cada una un hijo menor de edad, así hay muchos casos que lamentablemente han ocurrido en otras zonas del país. Son tragedias familiares que no son fáciles de superar y que lamentablemente quienes más sufren son los hijos porque sus padres terminan uno muerto y el otro en la cárcel. De ahí la importancia de asistir a esta población que por lo general quedan bajo el cuidado de un familiar y necesitan de mucho apoyo y acompañamiento”, expresó la legisladora.
De otro lado, la congresista explicó que los menores, adolescentes y personas con discapacidad hasta los 25 años serán beneficiarios cuando “se haya decretado medida de detención preventiva contra el padre o la madre por el delito de homicidio o feminicidio contra el otro progenitor. Cuando el padre ola madre haya sido condenado como autor o partícipedel delito de homicidio o feminicidio contra el otroprogenitor y cuando la situación económica del menoro de la persona con discapacidad sea de condición devulnerabilidad o debilidad”.
Además, Villalba indicó que “será el Gobierno Nacional el encargado de establecer los mecanismos de transferencia de la asistencia monetaria en todo el territorio nacional. Esta asignación es inembargable e intransferible y se otorgará al tutor, curador o representante legal por cadapersona menor de 18 años o con discapacidad hasta los 25 años de edad, perteneciente al mismo núcleo familiar”.
El articulado del proyecto señala que, dentro del primer año deentrada en vigencia de la presente ley, el Instituto Colombianode Bienestar Familiar (ICBF), junto con un equipomultidisciplinario de igual naturaleza y competencias afinesdeberán crear un registro de beneficiarios de las asistencias económicas, con el fin de hacer seguimiento a lo dispuesto enesta norma y verificar su garantía.