Después de que saliera a la luz un borrador sobre lo que sería la propuesta del Gobierno nacional en su proyecto de ley para tramitar una nueva reforma tributaria, el presidente Gustavo Petro y el ministro de Hacienda, Ricardo Bonilla, salieron a desmentir que se busque acoger un posible aumento del 4×1.000.
En conversación en Mañanas Blu, con Néstor Morales, Bonilla confirmó que la Dian sí propuso aumentar el impuesto a las transacciones del 4×1.000 al 5×1.000, sin embargo, el Gobierno descartó esa posibilidad.
Durante la entrevista, Bonilla explicó que la propuesta surgió en medio de los múltiples borradores que se han generado y las discusiones que se han llevado a cabo entre diferentes entidades del Gobierno.
El borrador en cuestión, que salió a la luz pública y elaborado, al parecer, por el asesor técnico del ministerio Nicolás García, incluía el aumento del impuesto, pero no refleja la posición final del Gobierno.
El ministro subrayó que, aunque varias propuestas han sido evaluadas, el incremento del impuesto a las transacciones no será parte del proyecto de ley que se presentará al Congreso. “Lo que sí le puedo asegurar es que ese tema está descartado desde hace rato”, afirmó Bonilla, en respuesta a las versiones que surgieron tras la filtración del borrador.
Ante la pregunta sobre cómo se cubrirá el déficit de $12 billones en el presupuesto, Bonilla mencionó que se están evaluando otras alternativas, aunque prefirió no adelantar detalles sobre las mismas.
Finalmente, el jefe de la cartera indicó que la posibilidad de aumentar la tarifa de las ganancias ocasionales del 15 % al 20 % sigue en consideración y no ha sido descartada, por lo que podría venir en una eventual reforma tributaria.
Excepciones del 4X1.000
Asobancaria ha identificado varias situaciones en las que el impuesto del 4X1.000 no se aplica. Estas son las principales exenciones:
Cuentas para pensionados: los pensionados pueden solicitar la exención del 4X1.000 en la cuenta bancaria donde reciben su mesada mensual.
Cuentas de Ahorro para Fomento de la Construcción (AFC): estas cuentas están completamente exentas del impuesto.
Transferencias internas: las transferencias realizadas entre cuentas corrientes, de ahorro, cuentas de ahorro colectivo o inversiones dentro de la misma entidad bancaria, y que pertenezcan al mismo titular, no están sujetas al 4X1.000.
Movimientos de inversión: los traslados de inversiones o portafolios entre sociedades comisionistas de bolsa, fiduciarias o administradoras de inversiones, siempre que sean a nombre del mismo beneficiario y estén bajo la supervisión de la Superintendencia Financiera, están exentos de este impuesto.
Cuentas exentas: los clientes del sector financiero pueden designar una cuenta de ahorros como exenta del 4X1.000, aunque esta exención se pierde si los movimientos mensuales superan los $14,8 millones.
Microcréditos: en 2023, se redujo la tasa del 4X1.000 al 0,2% para las operaciones de microcrédito, ofreciendo un alivio a este tipo de transacciones.