Para el próximo mes de Julio, los Ministerios de Minas y Energía y de Hacienda y Crédito Público aprobaron un cupo adicional de cerca de 846.000 galones de combustibles con beneficios tributarios para La Guajira, con el propósito de mitigar el efecto de las potenciales variaciones en los precios que pagan los habitantes del departamento que se pueden generar por las modificaciones en la base gravable y la tarifa de la sobretasa en los combustibles para las Zonas de Frontera, tras la expedición de la Ley 2093 de 2021.
Esta medida también permitirá mitigar las mencionadas variaciones mientras los concejos municipales deciden la adopción de posibles tarifas diferenciales de acuerdo con la alternativa que otorga la ley.
Así mismo, el Ministerio de Minas y Energía determinó que las estaciones de servicio de La Guajira podrán solicitar el despacho del combustible con beneficios tributarios desde hoy, 30 de junio, para lograr la implementación de la nueva ley sin traumatismos al consumidor final.
Una vez sancionada por parte del presidente de la República, Iván Duque, la Ley 2093 del 2021 sobre la sobretasa a la gasolina y el diésel que rige a partir del 30 de junio de 2021, los Ministerios de Minas y Energía y de Hacienda y Crédito Público también expidieron un nuevo valor del Ingreso al Productor del combustible con el fin de no afectar de forma sustancial los precios que se formarían, al incluir ese tributo en la estructura de precios de los combustibles a nivel nacional.
Adicionalmente, y en aras de mantener estable el precio del combustible que goza de beneficios tributarios (combustibles con cupo) y que es distribuido en las Zonas de Frontera, se ajustaron los subsidios al valor del líquido que sea distribuido dentro del cupo municipal, los cuales estarán vigentes hasta que cada estación de servicio agote su cupo asignado.
Para el caso de La Guajira, este subsidio será en promedio del 10% para la gasolina (cerca de $501 por galón). Para las demás zonas de frontera este subsidio será, en promedio, del 5% en el caso de la gasolina (alrededor de $230 por galón) y del 4% en el diésel (cerca de $138 por galón)
Con estos ajustes en las estructuras de precios de los combustibles que se aplican tanto a nivel nacional como en los municipios de Zonas de Frontera, se espera que, en la gran mayoría de los casos, los precios de venta al público de los combustibles no se incrementen. Vale aclarar que en el caso de los combustibles distribuidos en Zonas de Frontera que excedan el volumen con beneficios tributarios del cupo mensual asignado, la Ley 2093 determinó que la tarifa a aplicar de sobretasa sería la tarifa general.
Además, es importante mencionar que en aquellos municipios donde en el pasado se realizaron acuerdos municipales para cobrar una menor tarifa de la sobretasa a los combustibles se podría presentar un incremento en el precio, hasta tanto los mismos concejos municipales no regulen lo respectivo frente a lo que ahora establece la Ley 2093 de 2021.
Los Ministerios de Minas y Energía y de Hacienda y Crédito Público realizarán un monitoreo permanente sobre la aplicación de la norma recién expedida a efectos de considerar la pertinencia de darle continuidad a las medidas implementadas para el siguiente mes.
D.A.