Las entidades podrán cobrar para la modalidad de crédito de consumo y ordinario en 17.66%.
El anuncio lo hizo la Superintendencia Financiera de Colombia, diciendo que entre el 01 y el 31 de enero de 2022, las entidades bancarias podrán cobrar un interés máximo de 26.49% efectivo anual para la modalidad de crédito de consumo, lo que representa un aumento de 30 puntos básicos (0.30%) con respecto al mes de diciembre.
Asimismo indicó que el Interés Bancario Corriente efectivo anual para la modalidad de crédito de consumo y ordinario en 17.66%, lo cual representa un aumento de 20 puntos básicos (0.20%), en relación con la anterior certificación (17.46%).
Adicionalmente, el organismo informó que se certificó el Interés Bancario Corriente efectivo anual para la modalidad de microcrédito en 37.47%, lo cual representa un aumento de once puntos básicos (0.11%) en relación con la anterior certificación (37.36%).
Es de mencionar que para el mes de diciembre , el Interés Bancario Corriente efectivo anual para la modalidad de crédito de consumo y ordinario fue de 17.46%, lo cual representó un aumento de 19 puntos básicos (0.19%) en relación con la anterior certificación que fue de 17.27%.
“Para los efectos de la norma sobre usura, puede incurrir en este delito el que reciba o cobre, directa o indirectamente, a cambio de préstamo de dinero o por concepto de venta de bienes o servicios a plazo, utilidad o ventaja que exceda en la mitad del Interés Bancario Corriente que para los períodos correspondientes estén cobrando los bancos”, señaló la entidad.
Frente al interés remuneratorio y de mora, no podrán exceder 1.5 veces el Interés Bancario Corriente, es decir, el 26.19% efectivo anual para la modalidad de crédito de consumo y ordinario.