En las últimas horas se conoció por una fuente que al parecer tras la decisión de los jueces que decidieron la pelea en los juegos Olímpicos de Tokio 2020 del boxeador colombiano Yuberjen Martínez y decretaron la victoria para el japonés Ryomei Tanaka, en una polémica decisión, podrían ser suspendidos.
La anterior decisión según expertos en el temas, afecta a los jueces que votaron en contra del colombiano: Miguel Ángel Anco Bobadila (Perú), Gintaras Sniuksta (Lituania), Tsogtgerel Tserenkhand (Mongolia) y Mohamed Besmi (Argelia).
El Comit´pe Olimpico Colombiano dio a conocer la mañana de este miércoles la demanda ante el Tribunal Arbitral del Deporte (TAS), mediante la cual pide revisar el fallo que dejó por fuera de los Juegos Olímpicos de Tokio 2020 al boxeador cafetero Yuberjen Martínez.
Lo que algunos desconocen es que muy aparte de los jueces, en las veladas boxísticas siempre hay un supervisor y un evaluador, quienes de igual manera llevan sus tarjetas de puntuación del combate, lo cuales al final coincidieron con la gran mayoría en que Yuberjen Martínez ganó dos asaltos, muy contrario a la decisión de los jueces.
Yuberjen Martínez recibió la mejor puntuación en el primer asalto (4-1) pero el japonés, según calificación final, se llevó el segundo (3-2) y tercero (5-0) para un balance final de 4-1.
De ser suspendidos los jueces, nada sorprendería, pues a la fecha, existen cerca de 36 jueces suspendidos por decisiones que no fueron claras en el desarrollo de los eventos deportivos.
Por su parte el Comité Olímpico Colombiano se pronuncia frente al resultado de los jueces en la pelea de Yuberjen Martínez en los Olímpicos de Tokio y pidió al Tribunal de Arbitraje en el Deporte (TAS por sus siglas en francés) que declare ganador a Yuberjen Martínez frente al japonés Ryomei Tanaka en los Juegos Olímpicos.
“Por lo anterior, nuestro boxeador, el COC y la Federación Colombiana de Boxeo, otorgaron poder especial a los abogados expertos en derecho deportivo Felix Andrés Burgos Méndez y Luis Fernández Aguilera, para la presentación de la reclamación ante la división ad hoc del TAS-CAS, la cual es competente para conocer de este asunto de acuerdo con la regla 61.2 de la Carta Olímpica y el Reglamento de arbitraje de los Juegos Olímpicos (reglamento ad hoc del TAS-CAS)”, informó el comité en un comunicado.