Para el Ministerio Público con esta conducta se vulnera el derecho de víctimas y comparecientes de contar con una protección judicial efectiva.
La Procuraduría General de la Nación anunció que instaurará acciones constitucionales y disciplinarias contra la magistrada, Julieta Lemaitre, presidente de la Sala de Reconocimiento de Verdad, SRVR, de la JEP, si continúa negándose a responder, entre otras, la solicitud de modificar los tiempos que concede a las partes vinculadas al proceso para que reconozcan los hechos y las conductas que les imputan.
Este y otros requerimientos han sido elevados en varias ocasiones por parte del Ministerio Público y las víctimas del macrocaso 01, que investiga la toma de rehenes, graves privaciones de la libertad y otros crímenes concurrentes cometidos por las Farc – EP.
El procurador delegado ante la JEP, Jairo Ignacio Acosta Aristizábal, explicó que actualmente la SRVR insiste en trasladar al mismo tiempo un escrito preliminar con las imputaciones jurídicas del caso a víctimas, intervinientes y comparecientes, para que las víctimas e intervinientes presenten observaciones y los comparecientes realicen el reconocimiento de hechos y conductas cometidas frente a estas imputaciones jurídicas que no son definitivas.
Según el agente del Ministerio Público esta decisión de la magistratura va en desmedro de las garantías procesales propias que tienen todos los ciudadanos al debido proceso y a conocer de forma clara y definitiva los términos de la imputación frente a los cuales se les pide pronunciarse y asumir responsabilidad.
La propuesta de la Procuraduría es que la SRVR realice un primer traslado del Auto provisional para que los comparecientes, víctimas e intervinientes especiales hagan las observaciones pertinentes y con posterioridad haya un segundo traslado de un Auto ya definitivo que incorpore las manifestaciones hechas por quienes intervienen en el proceso, a fin de que los comparecientes realicen su correspondiente reconocimiento.
De otra parte, la Procuraduría asegura en su escrito que, impedir que las víctimas de secuestro se acrediten en el macrocaso 1 después de proferido el Auto de Determinación de Hechos y Conductas carece de fundamento jurídico, vulnera los derechos de las víctimas a la participación y crea un trato desigual frente a otros macrocasos en curso, en donde sí existe esta posibilidad. “Es un inamisible obstáculo al acceso de las víctimas a una tutela judicial efectiva”, concluyó Acosta Aristizábal.