Mediante Decreto Número ” 1482 de 2021, el presidente de la Republica, Iván Duque Márquez prorrogó la situación de Desastre en el Departamento Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina declarada mediante el Decreto No 1472 del 18 de noviembre de 2020, en
el ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas por el artículo 64 de la Ley 1523 de 2012.
El Gobierno Nacional mediante había decreto la existencia de una situación de Desastre Departamental en el departamento Archipiélago de
San Andrés, Providencia y Santa Catalina y sus cayos, por el término de doce (12) meses
prorrogables hasta por un periodo igual, previo concepto favorable del Consejo Nacional
para la Gestión del Riesgo.
En virtud de ello se elaboró el respectivo Plan de Acción Específico para el manejo de la situación de desastre en el departamento y el día 12 de noviembre de 2021 el Director de la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres, presentó ante el Consejo Nacional para la Gestión del Riesgo un informe de evaluación y seguimiento de la ejecución del Plan de Acción Específico para la Recuperación en el departamento Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina y sus cayos, por lo que tomando en cuenta los avances del Plan de Acción, según el informe de evaluación y
seguimiento, el doctor Eduardo José González Angula, Director de la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres, dejó a consideración del Consejo Nacional para la Gestión del Riesgo la solicitud de prorrogar la situación de desastre declarada mediante el Decreto 1472 del 18 de noviembre de 2020.
Atendiendo esa situación y la presentación de dicho informe se consideró que no estaban dadas las condiciones para el retorno a la normalidad y que es necesario continuar con la ejecución del Plan de
Acción Específico para la recuperación del departamento Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina y sus cayos hasta la culminación de cada una de las líneas de acción en él contempladas a fin de lograr la rehabilitación y reconstrucción de las zonas afectadas por el evento natural, por lo que emitió concepto favorable para prorrogar la situación de desastre en el departamento Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina y sus cayos.
Una vez declarada la situación de desastre, en la misma norma se determinará el régimen aplicable de acuerdo con los antecedentes, la naturaleza, la magnitud y los efectos del desastre, y en tal medida, se aplicará un régimen normativo especial que contempla disposiciones excepcionales en materia de contratación del Estado, empréstitos, control fiscal de recursos, ocupación, adquisición, expropiación, demolición de inmuebles e imposición de servidumbres, reubicación de asentamientos, solución de conflictos, moratoria o refinanciación de deudas, suspensión de juicios ejecutivos, créditos para afectados, incentivos para la rehabilitación, reconstrucción y el desarrollo sostenible, administración y destinación de. donaciones y otras medidas tendientes a garantizar el regreso a la
normalidad.
Advierte la Presidencia que es de interés del Gobierno Nacional, continuar con la ejecución del Plan de Acción Específico, de tal manera que se realice en el menor tiempo posible la recuperación y
reconstrucción de las zonas afectadas en el departamento Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina, por lo que se decidió decretar la prórroga de la situación de desastre. por el término de doce (12) meses, y durante la misma se mantendrán en vigencia las normas especiales habilitadas mediante el Decreto 1472 de 2020, en tanto que el Plan de Acción Específico continuará ejecutándose y podrá ajustarse conforme a las necesidades y situaciones que puedan presentarse en el curso de su realización. Para el efecto, el Director de la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres, definirá lo pertinente. Con fotos de Raízal Dignity.