Al acoger los argumentos de la Procuraduría General de la Nación, el Juez Tercero Administrativo de Armenia ordenó la atención médica inmediata para 37 mujeres privadas de la libertad en el Centro de Reclusión ‘Villa Cristina, de la capital de Quindío, quienes tienen tratamientos y procedimientos de ginecología y obstetricia que a la fecha no han sido atendidos por las entidades correspondientes.
Al resolver una acción de tutela instaurada por la Procuradora 41 Judicial Penal II de la capital de Quindío, en desarrollo de su función de intervención, el juez señaló que para proteger los derechos fundamentales a la salud y la vida con perspectiva de género se hace necesario que las entidades competentes prioricen la atención y adelanten los procedimientos de citología, cistoscopia, ecografías y mamografías pendientes, “que solo son prescritos dada su condición de mujeres”.
Protección de los derechos fundamentales
En la acción de tutela interpuesta, el Ministerio Público indicó que, tras el seguimiento a la atención brindada a las PPL en ‘Villa Cristina’, detectó una falta de ejecución de las órdenes médicas, demoras que afectan gravemente su salud y compromete la garantía de sus derechos fundamentales.
Igualmente, expresó su preocupación por los cambios frecuentes de operador, lo que agrava su situación y “deja a las mujeres en un estado de desatención médica”.
La Procuraduría resaltó en la acción de tutela la importancia de que el caso fuera abordado con enfoque de género, “dada la discriminación histórica y la necesidad de acciones afirmativas, como quiera que la falta de tratamientos preventivos incrementa el riesgo de enfermedades como el cáncer de seno o cérvico – uterino”.
Al atender la petición, el juez ordenó a la Fiduprevisora S.A. y a la Unión Temporal y Medisalud Integral PPL, así como a las entidades vinculadas Unidad de Servicios Penitenciarios y Carcelarios (Uspec), al Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (Inpec) y a la Fiduprevisora – Patrimonio Autónomo Fondo de Atención en Salud PPL 2024, realizar las atenciones médicas ordenadas a cada una de las PPL que fueron mencionadas por la Procuraduría en la acción de tutela.
Igualmente, exhortó a las entidades accionadas y vinculadas para que se incluya la adopción de protocolos específicos con enfoque de género para la atención de las mujeres privadas de la libertad en Armenia, así como se brinden garantías efectivas de acceso a la salud en condiciones de calidad y oportunidad, para lo cual deben tener en cuenta la sentencia de la Corte Constitucional SU – 122 de 2022, que estableció una extensión del estado de cosas inconstitucional por hacinamiento en centros de detención transitoria.