El presidente Gustavo Petro enfrenta su primera acción popular en el Consejo de Estado, presentada por el abogado Saúl Villar, quien lo acusa de violar el debido proceso en la selección de Gregorio Eljach para integrar la terna a Procurador General de la Nación.
Según el abogado, la convocatoria pública que inicialmente fue anunciada por el mandatario terminó, según Villar, en una decisión que contradice las reglas de transparencia ofrecidas al inicio del proceso.
La polémica se originó luego de que el presidente Petro hiciera una convocatoria abierta a los ciudadanos para postularse como candidatos al cargo de Procurador General de la Nación , un proceso que atrajo a 41 aspirantes.
Sin embargo, la elección final de Gregorio Eljach, que no formaba parte de los seleccionados inicialmente, fue percibida por Villar como una “violación del debido proceso”. Eljach, quien eventualmente podría suceder a Margarita Cabello en enero de 2025, fue designado por el presidente sin haber cumplido, según Villar, con el procedimiento abierto de la convocatoria.
Saúl Villar expuso los motivos de su acción popular y dijo que el presidente Petro cometió lo que él califica como un “acto corrupto e inmoral” al ignorar a los candidatos que se inscribieron en el concurso público para el cargo.
“Si el presidente de la República hace una convocatoria abierta para que participen todos los ciudadanos, él debe finalizar ese proceso conforme a las reglas que él mismo impuso. (…) Entonces en ese orden de ideas, si el señor presidente en su acto corrupto, porque para mí es un acto corrupto e inmoral ponerse a jugar con el prestigio de ilustres ciudadanos donde tengo entendido participaron”, declaró Villar.
Según el abogado, la decisión de Petro de apartarse del proceso inicialmente estipulado para elegir a Eljach, pese a la existencia de otros 46 abogados que presentaron sus hojas de vida, constituye una vulneración del derecho al debido proceso.
Villar añadió que la acción popular fue presentada tras concluir que una tutela, que originalmente había planteado, no sería procedente. El abogado invocó el artículo 88 de la Constitución, que otorga a los ciudadanos el derecho de promover acciones populares cuando se ven afectados intereses colectivos como la moralidad administrativa o el debido proceso.