La Corte Constitucional dictaminó que la disciplina militar no puede entrometerse en la vida privada y sentimental de los uniformados, así estén portando el uniforme.
El alto tribunal tomó la decisión al declarar inexequible un apartado de la ley 1862 del 2017, que tachaba como mala conducta militar las expresiones o demostraciones eróticas o de amor.
Llevar de la mano o realizar expresiones o demostraciones eróticas en lugares o eventos no autorizados, a su cónyuge, compañera(o) o amiga(o), portando el uniforme, fue declarado inconstitucional por la Corte.
“No se puede estar por encima de un principio y derecho primordial, como lo es el libre desarrollo de la personalidad, un código o norma que regule el comportamiento de integrantes de una institución”, indicó la Corte.
En días pasados, la Corte también había declarado inconstitucional un aparte de la misma norma que prohibía a uniformados lanzar críticas contra superiores.