En el compromiso del Gobierno Nacional de garantizar a los colombianos EPS de calidad en la atención en salud, a partir del 1 de diciembre y de conformidad con los procesos de liquidación total y revocatoria parcial adelantados por la Superintendencia Nacional de Salud, los afiliados a las EPS Comfacundi, Comfacartagena y Medimás (Antioquia, Valle del Cauca, Nariño y Santander), serán asignados a las EPS que cuentan con la autorización para operar los regímenes contributivo y subsidiado en los municipios en los que operaban las EPS objeto de las medidas mencionadas.
La viceministra de Protección Social, María Andrea Godoy Casa Diego, indicó que “las EPS receptoras, a través de su red de prestadores, deben continuar proporcionando los servicios y entregando los medicamentos que previamente han sido ordenados”.
En ese sentido, no serán necesarios trámites adicionales por parte de los afiliados en caso de órdenes realizadas a través de MIPRES o por autoridades administrativas o judiciales. “Los usuarios también deben tener en cuenta que mientras se hace efectiva la asignación a las EPS receptoras, las tres EPS deberán garantizar que la red prestadora de servicios atienda a los afiliados sin interrupciones”, dijo Godoy Casadiego.
Dicho de esta manera, en los tres casos se deberá contar con las redes de atención necesarias para brindar servicios con cobertura, oportunidad, calidad y sin interrupciones, garantizando la continuidad de la atención en salud y de los tratamientos médicos; con énfasis en aquellos pacientes que tengan enfermedades de alto costo, madres gestantes, hospitalizados y aquellos que padezcan enfermedades de carácter crónico.
Asignaciones de afiliados
Comfacundi (liquidación total): los afiliados de Comfacundi, tanto del régimen contributivo como subsidiado, se asignarán a 8 EPS en la ciudad de Bogotá y el departamento de Cundinamarca.
Comfacartagena (liquidación total): los afiliados de Comfacartagena, del régimen subsidiado, se asignarán a 9 EPS en el Distrito de Cartagena y el departamento de Bolívar.
Medimás EPS (revocatoria parcial de la autorización en los departamentos de Antioquia, Valle del Cauca, Nariño y Santander): los afiliados de Medimás, tanto del régimen contributivo como subsidiado, se asignarán a 9 EPS en los territorios antes mencionados.
Es de precisar que esta asignación se realiza en los términos establecidos por el Decreto 1424 de 2019, teniendo en cuenta las siguientes reglas:
Los grupos familiares sin pacientes con patologías de alto costo se distribuirán así: (i) el 50% en partes iguales entre las EPS receptoras en cada municipio; y (ii) el 50% en forma proporcional al número de afiliados de las EPS receptoras en cada entidad territorial del orden municipal.
Posteriormente, los grupos familiares que tengan pacientes con patologías de alto costo y madres gestantes, se clasificarán en forma independiente de los demás grupos familiares y se distribuirán aleatoriamente entre las EPS receptoras en forma proporcional a su número afiliados.
Una vez efectuada la asignación de los afiliados a cada EPS receptora, éstos podrán consultar desde la página web del Ministerio de Salud y Protección (https://www.minsalud.gov.co/Paginas/Consulta-Afiliados.aspx), el asegurador al que fueron asignados. En dicha consulta, también podrán ver la red de servicios de salud dispuesta por cada EPS receptora.
La viceministra aclaró que “todos los usuarios asignados podrán cambiar de EPS, si así lo deciden, a partir del primero de marzo de 2021”. Esto para el caso que no deseen permanecer en la EPS a la que fueron asignados en este proceso amparado en las resoluciones 012645, 012754 y 012877 de la Superintendencia Nacional de Salud.
Por su parte, las secretarías de salud, o quienes hagan sus veces, y la Superintendencia Nacional de Salud deberán vigilar que las EPS receptoras garanticen la continuidad en la prestación de los servicios a los usuarios trasladados y que no generen barreras de acceso para la atención.
Con el objetivo de atender las dudas e inquietudes que se presenten, la Superintendencia Nacional de Salud tiene habilitada la línea gratuita nacional 018000513700 disponible las 24 horas del día. Adicionalmente se dispone en horarios de oficina de los siguientes canales:
Chat virtual en la página web www.supersalud.gov.co
Líneas telefónicas 3305043 (Bogotá) o 018000960020 (resto del país) del Ministerio de Salud y Protección Social.