Luego de conocer el fallo por parte del Tribunal Superior de Bogotá, en segunda instancia, donde se condena a Daneidy Barrera Rojas a 63 meses y 15 días de prisión, con lo cual queda revocado la decisión del Juzgado 2 Penal Especializado de Bogotá, al mismo tiempo se avaló el recurso presentado por la Fiscalía respecto del delito instigación a delinquir con fines terroristas.
Además de la condena, con este fallo se impusieron penas accesorias de inhabilitación de derechos y funciones públicas e inhabilitación para el ejercicio de influencer o Youtuber, por el mismo término de la sanción principal.
Epa Colombia o Daneidy Barrera Rojas es hallada penalmente responsable en calidad de autora del delito de daño en bien ajeno agravado en concurso con instigación a delinquir con fines terroristas y perturbación en servicio de transporte público, colectivo u oficial.
No se concedió prisión domiciliaria.
El fiscal Francisco Barbosa se pronunció, alegando que se debe respetar la decisión: “un respeto profundo por las instituciones judiciales, porque esta entidad hace parte de la rama judicial, la decisión que se tomó es conforme a derecho, conforme a lo que existe en el ordenamiento jurídico colombiano (…) debo decir que esa una decisión que debe respetarse y que manda un buen mensaje al país”.
Más adelante, no quiso ocultar su emoción por la condena: yo me alegro, me alegro profundamente con esa sentencia, porque la Fiscalía pidió la condena, porque nosotros en esto cumplimos una función”.
Hay que señalar que la decisión ha generado gran polémica, pues por redes sociales cuestionan a la Fiscalía por no juzgar con la misma dureza a delincuentes de cuello blanco. Muchos se preguntan por el escándalo MinTIC o por el señalado paramilitar Andrés Escobar, quien parece gozar de impunidad.