La Agencia Nacional de Seguridad Vial (ANSV) informa que, durante enero y julio de este año, se salvaron 27 vidas en las vías del país por siniestros viales asociados a embriaguez, en comparación con el mismo periodo de 2019. Esto equivale a una disminución del 32%% en las víctimas fatales por esta causa. Según el reporte del Observatorio Nacional de Seguridad Vial (ONSV), en los primeros siete meses del año 58 personas perdieron la vida en siniestros viales asociados a ingesta de alcohol, 27 menos en comparación con los ocurridos entre enero y julio de 2019, cuando se presentaron 85 fallecidos.
Los actores viales que registraron mayores reducciones fueron los motociclistas, con 20 vidas salvadas; los ciclistas, con seis, y los conductores de vehículos, con tres. En contraste, los peatones fueron el único actor vial que incrementó el número de fallecidos, presentando un deceso más, al pasar de seis casos entre enero y julio de 2019 a siete en el mismo periodo de este año.
Es de destacar que, durante el Aislamiento Preventivo Obligatorio decretado el Gobierno Nacional, entre marzo y julio de este año, se redujeron las víctimas fatales, pasando de 57 casos durante estos cinco meses en 2019, a 35 casos en 2020. Estas 22 vidas salvadas equivalen a una reducción del 39%.
Los departamentos de Vichada, Quindío, La Guajira, Guainía, Cesar, Córdoba, Casanare, Chocó y Amazonas no registran fallecidos por esta causa durante 2020. Además, los territorios que presentan mayores reducciones son Nariño, con siete vidas salvadas; Bogotá, con cinco, y Cauca, Huila, Magdalena, Cundinamarca, con dos respectivamente.
El análisis del Observatorio también evidenció una importante reducción en el número de lesionados, que llega al 61,5%. En enero y julio de este año hubo 212 casos, 339 menos que en los mismos meses de 2019, cuando se presentaron 551. Todos los actores viales presentaron reducciones: en motociclistas hubo 183 casos menos, en peatones 83, en usuarios de vehículo 41 y en ciclistas 32. Hay un caso que está sin información.
El director de la Agencia Nacional de Seguridad Vial, Luis Lota, recordó algunas de las razones por la que no se debe conducir bajo el efecto de bebidas embriagantes: “estudios internacionales demuestran que consumiendo menos de cuatro cervezas, una persona experimenta un deterioro significativo en el rendimiento psicomotor y una alteración en sus capacidades cognitivas, como aumento en la frecuencia del parpadeo, dificultad para seguir objetos con la vista y juicios sobre la velocidad, la distancia y la situación relativa de un vehículo. Esto evidencia que incluso con una ingesta mínima de alcohol, se pone en riesgo la vida y la de los demás. Reiteramos el llamado a que los ciudadanos no conduzcan en estas condiciones”, indicó el directivo
Es importante resaltar que el consumo de alcohol aumenta el riesgo de choque, y que este crece según la dosis ingerida. Con dos bebidas estándar (una bebida estándar es la que no supera los 20 gramos de alcohol puro), el conductor tiene un riesgo de chocar dos veces mayor que alguien que no ha ingerido alcohol. Además, alcanza un BrAC (Breath Alcohol Content, que significa contenido de alcohol en aliento) de 0.05. Cuando este llega al 0.08, el riesgo es cuatro veces mayor, y si el BrAC alcanza el 0.10, el riesgo aumenta en aproximadamente seis veces respecto a los conductores sin algún grado de alcohol en el cuerpo. Vale la pena recordar que estudios internacionales señalan que, según el metabolismo, el alcohol puede tardar entre cinco y ocho horas en ser expulsado del cuerpo.
En consonancia, y siguiendo con su labor de prevenir la siniestralidad vial en el país, la Agencia Nacional de Seguridad Vial hace las siguientes recomendaciones a todos los actores viales que se pueden movilizar por las vías del país al hacer parte de las excepciones durante el Aislamiento Preventivo Obligatorio:
- Si va a beber, no conduzca.
- Si va a ingerir bebidas alcohólicas, deje su vehículo estacionado en parqueaderos privados o públicos o solicite el servicio de conductor elegido.
- Utilice el transporte público como el servicio de taxi para llegar a su vivienda en caso de estar bajo los efectos del alcohol.
La ANSV invita a los conductores y peatones a desinfectar sus vehículos y prendas de vestir al llegar a sus lugares de destino, para evitar el contagio del COVID-19 según los protocolos entregados por el Ministerio de Salud. En caso de ser víctima de un siniestro vial o presenciar uno, recuerde comunicarse a la línea de emergencia 123.
Sanciones
A través del artículo 152 de la ley 1696 de 2013, el Gobierno Nacional estipuló las sanciones económicas por conducir bajo el influjo del alcohol u otras sustancias psicoactivas. Estas oscilan entre los 135 salarios mínimos diarios legales vigentes ($2.633.400) y los 1.440 SMDLV ($42.134.500). Además, las autoridades pueden suspender la licencia de conducción entre uno y diez años o cancelar este documento, inmovilizar el vehículo de uno a 20 días y, en caso de haber víctimas fatales, dictar penas privativas de la libertad de tres a nueve años, más dos terceras partes, bajo el cargo de homicidio culposo.