La Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia rechazó la tutela presentada por un abogado en contra del fallo que condenó a cinco años y tres meses de prisión a Daneidy Barrera Rojas, más conocida como ‘Epa Colombia’.
La corte rechazó la tutela por falta de “legitimación”.
La mujer fue sentenciada por destruir con un martillo la estación de Molinos de TransMilenio en noviembre de 2019, en el marco de las protestas del Paro Nacional en Bogotá.
El alto tribunal, con ponencia del magistrado Eugenio Fernández Carlier, no aceptó ninguno de los argumentos que presentó el abogado Ariel Alberto Quiroga Vides.
En la tutela, el accionante le pedía a la Corte emitir una sentencia absolutoria al considerar que en el fallo de segunda instancia se le habían vulnerado los derechos fundamentales.
“En este caso, Daneidy Barrera Rojas, quien es la directamente interesada, no ha acudido a la tutela”, resalta el fallo de la Corte.
El magistrado ponente rechazó la argumentación frente a la falta de conocimiento jurídico, experticia o capacitación de ‘Epa Colombia’ para presentar acciones judiciales ante los diferentes organismos.