Extrabajadores de la extinta empresa Puertos de Colombia, que sintieron vulnerados sus derechos frente a la liquidación al cierre de la misma, se vieron avocados a través de su apoderado a reclamar los mismos, teniendo como soporte la Convención Colectiva de Trabajo. Fue así como por medio de una figura jurídica, se cambió el tipo penal, iniciando un proceso del mismo orden en su contra, desconociendo de esta manera los derechos que por ley les corresponden.
Lo anterior quiere decir que con este pronunciamiento de la CIDH, queda definido el problema de tipo penal y el Estado colombiano, deberá pagar los valores pensionales descontados de manera irregular a los pensionados de Puertos de Colombia, de igual manera, deberán ser indemnizados con el pago por reparación y costas en dólares respectivamente.
El caso es llevado por el Dr. Alfonso Rafael López Lara, especialista en litigio internacional y casación, quien logró con éxito hacer valer sus derechos, toda vez que se les había rebajado sus pensiones e incluso en otros casos les habían quitado la pensión, la misma que a bien ganaron año tras año con esfuerzo y trabajo meritorio.
Frente a este pronunciamiento, el Dr. López Lara manifestó, “esta es la tercera petición que se somete a la fase de admisibilidad ante la CIDH, por lo tanto el pronunciamiento es de vital importancia ya que se aclara el estigma que pesa sobre todos los extrabajadores portuarios y los abogados que tramitaron estos procesos. Se hace justicia”, concluyó.
Es así como la CIDH no aceptó y dice que “los documentos cortados/o ilegibles no serán tenidos en cuenta al considerar el pronunciamiento sobre la admisibilidad de la petición de la referencia con base a los documentos completos y legibles que consten en el expediente y hayan sido debidamente transmitidos a la contraparte”.
Por lo anterior, se hace indispensable que los reclamantes a través de su defensor, aporten la documentación requerida, totalmente legible para acreditar el derecho y tener acceso al beneficio.
En consecuencia a lo anterior, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos – CIDH, se pronunció al respecto y emitió su concepto al considerar que se violaron algunos los derechos Humanos al igual que las garantías Judiciales, Juez Natural entre otros más.
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D.A.