Un nuevo plazo para que los contribuyentes de impuestos distritales se pongan al día con sus obligaciones fue otorgado por el Concejo Distrital de Barranquilla a través de un artículo transitorio incluido en el Acuerdo 009 del 27 de noviembre de 2020.
Con el fin de continuar con el alivio de la situación económica de los contribuyentes y generar mayor liquidez al Distrito para atender los gastos ocasionados por la emergencia sanitaria y para ejecutar las inversiones proyectadas en el Plan de Desarrollo 2020 – 2023, los concejales decidieron reactivar el beneficio tributario que ofrecía el Decreto Legislativo 678 de 2020, declarado inexequible por la Corte Constitucional que argumentaba, precisamente, que esta decisión correspondía a los concejos municipales y distritales y no al Gobierno nacional.
De esta manera, hasta el próximo 31 de diciembre, quienes tengan obligaciones pendientes de 2019 y vigencias anteriores podrán pagar únicamente el 90% del capital, ahorrándose el 10% restante y el 100% de los intereses y sanciones acumulados a la fecha. Y quienes aún no hayan pagado los impuestos de la vigencia actual, 2020, podrán pagar el 100% del capital, pero sin intereses ni sanciones.
El beneficio es aplicable a los impuestos, tasas y contribuciones distritales, entre estos el impuesto predial unificado, valorización 2005 y 2012, el impuesto de industria y comercio y la tasa de derecho de tránsito.
Una nueva oportunidad para los barranquilleros de quedar al día en materia tributaria que, en definitiva, le permite al Distrito seguir recuperando cartera al cierre de la vigencia fiscal 2020 y cumplir así con las metas de recaudo planteadas, teniendo en cuenta que las rentas tributarias representan una fuente principal de ingresos para los planes de la administración y el balance de las finanzas distritales.
Barranquilla contará con Régimen Simple de Tributación
El Acuerdo 009 de 2020 permitió la actualización del Estatuto Tributario del Distrito de Barranquilla para los contribuyentes que se acojan al Régimen Simple de Tributación establecido por la Ley 2010 de 2019, cuyo propósito es reducir las cargas formales y sustanciales de los contribuyentes del impuesto de industria y comercio, facilitar el cumplimiento de esta obligación e impulsar la formalización en la ciudad.
El Régimen Simple de Tributación, que se declara anualmente y se paga bimestralmente, integra en un solo impuesto a seis diferentes tributos: 1. impuesto de renta, 2. impuesto nacional al consumo, 3. impuesto de ganancia ocasional, 4. impuesto de industria y comercio, 5. impuesto de avisos y tableros y 6. sobretasa bomberil.
El gerente de Gestión de Ingresos del Distrito, Fidel Castaño Duque, explicó que el recaudo lo hace la DIAN y lo distribuye la Dirección General del Tesoro a cada una de las entidades municipales o distritales en donde el contribuyente ejerza su actividad económica, de acuerdo con lo que a cada una le corresponde y teniendo en cuenta la información que cada contribuyente entrega al presentar su declaración.
Uno de los beneficios es que se pueden descontar los pagos realizados por el empleador al Sistema General de Pensiones y el 0.5 de los pagos que reciba a través de medios electrónicos. El requisito para acceder al régimen simple es que los ingresos brutos anuales de las actividades económicas deben ser máximo de 80.000 UVT (unidades de valor tributario) que equivalen a 2.848 millones de pesos.
“Este tributo va a facilitarle a los contribuyentes el cumplimiento de sus obligaciones y va a reducir los costos administrativos que tiene el Distrito al recaudar y controlar estos impuestos”, apuntó Castaño.
Otros aspectos aprobados por el Concejo
- Se establece el procedimiento de notificación electrónica de todas las actuaciones administrativas de la administración tributaria distrital a través de los medios digitales, establecidos por la Ley 2010 de 2019. Esto les permite a los contribuyentes tener información clara e inmediata sobre las actuaciones de la administración tributaria y, a su vez, generará una importante reducción de costos administrativos relacionados con estos procesos.
- Se prorroga la exención que tienen los contribuyentes del impuesto predial, impuestos de valorización e impuesto delineación urbana, en los predios ubicados en zona de alto riesgo, especialmente los del sector de Campo Alegre, afectados por la emergencia invernal del año 2010. La prórroga será hasta 2023 y aplica a los predios que al 27 de noviembre de 2020 se les haya reconocido este beneficio.