El Juzgado Segundo Penal del Circuito de Sabanalarga falló a favor de las organizaciones sociales afrocolombianas, ordenando la realización de una consulta previa para el proyecto de construcción del peaje en Arroyo de Piedra, a cargo de la Concesión Vial Autopistas del Caribe. La decisión responde a una acción de tutela interpuesta por las organizaciones que reclamaban la vulneración de derechos fundamentales, como la igualdad, diversidad étnica, participación, debido proceso y el derecho a la consulta previa.
El fallo judicial fue emitido contra varias entidades, incluyendo el Ministerio de Transporte, el Ministerio del Interior, la Concesión Vial Autopistas del Caribe, la Agencia Nacional de Infraestructura y la Dirección de la Autoridad Nacional de Consulta Previa. En la sentencia, el juzgado ordenó dejar sin efecto la Resolución ST-1207 de 26 de julio de 2022, que aprobaba el proyecto sin realizar la consulta previa correspondiente, y estableció un plazo de 72 horas para reiniciar el trámite administrativo con las comunidades de la zona de influencia del proyecto, que abarca los municipios de Luruaco, Repelón y Sabanalarga.
Además, se ordenó la participación de los consejos comunitarios de las comunidades negras en el proceso de certificación de procedencia, un paso crucial para garantizar que se cumpla con los derechos de las comunidades étnicas de la región.
El fallo también instruye a las alcaldías de los mencionados municipios a informar a la Autoridad Nacional de Consulta Previa y a otras entidades competentes sobre las comunidades étnicas bajo su jurisdicción en un plazo de 48 horas.
El representante a la Cámara, Gersel Pérez, quien lideró el recurso legal, celebró la decisión y destacó que este fallo representa “el reconocimiento, la protección y la garantía de los derechos fundamentales de las etnias del departamento del Atlántico”. Pérez subrayó la importancia de la Ley 21 de 1991, que establece la consulta previa como un derecho para las comunidades étnicas, y enfatizó que el fallo es un paso importante para el reconocimiento de las comunidades afrocolombianas en el Atlántico.
El proceso podría ser impugnado dentro de los próximos tres días, y si no se presenta impugnación, el expediente será enviado a la Corte Constitucional para su eventual revisión.