En relación con las recientes noticias sobre la medida preventiva de la CRA en Alameda del Río, la constructora Amarilo se permite informar lo siguiente:
- No es cierto que exista una sanción en contra de Amarilo o Alameda del Río. Luego de una reciente visita de la CRA a los predios de los proyectos Lira y e Ibis, la autoridad resolvió dos cosas:
- Imponer una medida preventiva por parte de la CRA que suspende temporalmente las actividades de tala en los lotes de los proyectos Lira e Ibis, mientras se esclarecen los hechos. La compañía presentará los documentos necesarios para demostrar que no se han realizado actividades de tala en dichos predios y para evaluar si es necesario obtener permisos de tala según los estudios técnicos. Amarilo aclara que no ha iniciado obras al interior de los De otra parte, es importante resaltar que esta medida no afecta en forma alguna la continuidad de las obras de urbanismo de Alameda del Río, las cuales cuentan con la licencia y permisos correspondientes.
- Anunciar el inicio de un proceso sancionatorio por supuesta tala no autorizada en los lotes, lo cual NO significa que exista una multa o sanción en contra de Frente a este proceso, la constructora entregará a la CRA, en ejercicio de su derecho de defensa y debido proceso, todos los soportes y pruebas para demostrar que la compañía no ha cometido ninguna infracción ambiental.
- Amarilo planea y ejecuta todas sus actividades con un enfoque estratégico ambiental que buscando siempre preservar un equilibrio entre lo urbano, lo natural y el desarrollo social integral de las comunidades. Es la única constructora en el país que tiene una política de biodiversidad, a través de la cual está haciendo una apuesta por la conservación y restauración de ecosistemas estratégicos en
- Es importante aclarar que, debido a las fuertes lluvias registradas en el último año en la zona, se han formado encharcamientos de agua en los lotes mencionados. Es importante aclarar que estos encharcamientos son artificiales y no corresponden a cuerpos de agua naturales, sino que son consecuencia de la acumulación de aguas lluvias del sector. De acuerdo con la Resolución 842 de 2024 emitida por la CRA, las áreas que componen estos lotes no son consideradas áreas protegidas ni están priorizadas para ser declaradas como tales. Además, confirmó que no cumplen con los criterios establecidos en la normativa ambiental para su protección.
- La CRA también ha señalado que, si bien durante la temporada de lluvias se puede observar cierta actividad de fauna en el área (como aves y reptiles), estos cuerpos de agua artificiales no son funcionales en el largo plazo, pues no cuentan con una fuente de agua permanente que los alimente y tienen poca profundidad, lo que afecta la calidad del agua e imposibilita la vida de