El Consejo de Estado negó la tutela que buscaba suspender el Plan Nacional de Vacunación que se adelanta en el país, contra el coronavirus.
La acción de tutela pretendías, además, eliminar cualquier requisito para la adquisición de la vacuna en el marco de la emergencia sanitaria. Otro de los aspectos que cuestiona la tutela, es la limitación de usos de otros procedimientos médicos para protegerse del contagio, como el uso de “la ivermectina o el dióxido de cloro”.
“Utilizándose a “seres humanos como animales de laboratorio en estos experimentos que no es nada ético y responsable”, y omitiéndose la existencia de “medicamentos más eficaces y seguros como la ivermectina o el dióxido de cloro”, con base en “mucha menos información a la que habitualmente se requiere para acceder a un registro sanitario”, se lee en el fallo sobre la tutela.
Uno de los puntos más polémicos de la tutela es el de exigir que se hagan públicos los contratos entre las farmacéuticas y el Gobierno, para la compra de las vacunas.
En primera instancia, la tutela fue negada por el Tribunal Administrativo de Cundinamarca, posteriormente pasó al Consejo de Estado, donde obtuvo el mismo resultado.
La sala calificó como “poco serias las apreciaciones del actor en torno a la pretendida necesidad de suspender la aplicación de las vacunas, abrogándoles un inexistente componente de obligatoriedad, pues uno de los deberes de los prestadores de servicios de salud frente al plan es informarle al usuario que tiene la posibilidad de decidir libremente si se vacuna o no”.
Finalmente, la alta corte aclaró que “la solicitud tendiente que se publique el contenido de los contratos entre el Gobierno y las farmacéuticas es propia del ejercicio del derecho de petición”.