El registro de abusadores sexuales, la herramienta que evita que una persona condenada por delitos sexuales termine trabajando en cargos donde cuide, asista o eduque a los niños en Colombia, fue declarado en la tarde de ayer exequible condicionalmente por la Corte Constitucional, es decir la ley se mantiene.
_“Estamos muy felices porque la Corte escuchó el clamor de las familias, priorizó los derechos de nuestros niños por encima de los de los abusadores y mantuvo esta poderosa herramienta la cual va a estar en servicio de toda la niñez colombiana, garantizándoles entornos seguros, confiados en que las personas que los van a cuidar y educar son idóneas para estos cargos”_, afirmó la senadora Nadia Blel, autora de la ley 1918/2018 que creó el registro de abusadores sexuales.
Según la Corte Constitucional, aunque mantiene la inhabilidad para que los condenados por delitos sexuales puedan ejercer un cargo o profesión que involucren una relación directa o habitual con los niños, algunos apartes de la ley requieren modificaciones interpretativas las cuales deberán ser ajustadas desde el Congreso de la República.
_“Desde el Congreso cumpliremos el llamado realizado por la Corte para ajustar la ley en los términos o condiciones que se definan, estamos esperando el pronunciamiento de fondo para iniciar con la labor legislativa y ajustarla lo antes posible”_, agregó la Senadora.
Cabe recordar que hace un par de semanas padres de familia y organizaciones a favor de los derechos de los niños se reunieron frente al Palacio de Justicia para pedirle a los Magistrados de la Corte Constitucional mantener el Registro de Abusadores Sexuales, señalando la importancia de esta herramienta para evitar que los niños caigan en manos de reincidentes de delitos sexuales.