La Corte Suprema de Justicia negó la tutela presentada por Santiago Uribe Vélez, con la que su defensa buscaba abrir la puerta a un nuevo recurso de casación contra la condena impuesta por el Tribunal Superior de Antioquia en el proceso relacionado con los llamados ‘12 Apóstoles’.
Con esta decisión, la condena queda en firme y se cierra el camino que la defensa había intentado utilizar para llevar nuevamente la sentencia a revisión mediante casación.
Uribe Vélez, hermano del expresidente Álvaro Uribe Vélez, fue condenado por el Tribunal Superior de Antioquia el 25 de noviembre de 2025 a 28 años y tres meses de prisión por los delitos de concierto para delinquir agravado y homicidio agravado, en una decisión que lo vinculó con la organización paramilitar conocida como ‘Los 12 Apóstoles’.
De la absolución a una condena de 28 años
El proceso tuvo un giro importante en noviembre de 2024, cuando el Juzgado Primero Penal del Circuito Especializado de Antioquia había absuelto a Santiago Uribe y ordenado su libertad.
La Fiscalía, el Ministerio Público y los representantes de la parte civil apelaron esa decisión.
Un año después, el Tribunal Superior de Antioquia revocó la absolución y emitió la condena contra el empresario y ganadero.
La sentencia contempló, además de la pena de prisión, una multa y otras restricciones derivadas de la condena.
La defensa intentó una nueva revisión
La defensa de Uribe, encabezada por el abogado Jaime Granados, presentó una impugnación especial ante la Corte Suprema.
El 3 de junio de 2026, la Sala de Casación Penal resolvió ese recurso y confirmó integralmente la condena.
Dos días después, la misma Sala rechazó de plano un nuevo recurso de casación presentado por la defensa.
El argumento de la Corte fue que no era jurídicamente posible presentar una nueva casación contra una decisión de la propia Sala Penal que había resuelto la impugnación especial.
Ante esa determinación, la defensa acudió a la tutela.
¿Qué reclamaba la defensa?
La defensa argumentó que la Corte Suprema había rechazado anticipadamente la casación, antes de que pudiera presentar formalmente la demanda y explicar los cargos que pretendía formular.
Por esa razón solicitó dejar sin efecto la decisión que había cerrado el camino a la casación y pidió que se permitiera tramitar el recurso.
También pretendía suspender la ejecución de la condena y obtener la libertad de Santiago Uribe mientras se resolvía la controversia.
Sin embargo, la Sala de Casación Civil, Agraria y Rural de la Corte Suprema negó el amparo.
La corporación consideró que la Sala Penal no había actuado de manera arbitraria al rechazar la nueva casación y recordó que la impugnación especial constituye precisamente el mecanismo establecido para garantizar la revisión de una primera condena.
La tesis expuesta por la Corte es que permitir una nueva casación contra la decisión de la Sala Penal que resolvió esa impugnación terminaría convirtiendo a la Corte Suprema en una especie de tercera instancia.
La condena queda en firme
Con la negativa de la tutela, la defensa de Santiago Uribe pierde este mecanismo para intentar reabrir el trámite de casación.
El caso deja así una secuencia judicial marcada por tres momentos: una absolución en primera instancia, una condena de 28 años y tres meses en segunda instancia y la posterior confirmación de esa condena por la Sala de Casación Penal.
La Corte Suprema mantiene publicados en sus sistemas oficiales los registros de sus decisiones y actuaciones de tutela.
Santiago Uribe permanece recluido en una guarnición militar en Rionegro, Antioquia, m










