El Consejo de Estado rechazó la solicitud de suspensión provisional presentada por el abogado Héctor Carvajal, representante del presidente Gustavo Petro, contra la decisión que otorga al Consejo Nacional Electoral (CNE) la facultad de investigar presuntas violaciones de topes electorales en la campaña presidencial de 2022.
La controversia se centra en una tutela presentada por el mandatario, quien sostiene que la competencia para investigarlo recae exclusivamente en la Comisión de Acusación de la Cámara de Representantes, en virtud de su fuero constitucional. En su recurso, Petro calificó de “abuso” la decisión de la Sala de Consulta del Consejo de Estado, al permitir que el CNE prosiga la investigación en sede administrativa.
Según el documento presentado por Carvajal, la Sala de Consulta “se inmiscuyó en asuntos ajenos a sus potestades” al emitir un pronunciamiento que, en su criterio, excede sus competencias.
Por su parte, el Consejo de Estado ha dejado claro que, aunque el CNE tiene atribuciones para investigar la financiación de campañas presidenciales, cualquier sanción que implique la destitución del jefe de Estado corresponde exclusivamente a la Comisión de Acusación del Congreso.
El tribunal también ha vinculado al proceso al CNE y a la Comisión de Acusación, considerando su relevancia en el conflicto de competencias planteado. Ahora, el Consejo de Estado continuará analizando los argumentos para determinar la validez de la decisión de la Sala de Consulta, lo que podría sentar un precedente en la interpretación de los límites de las instituciones frente a investigaciones de este tipo.
Mientras tanto, el presidente Petro ha expresado su desacuerdo con el fallo, subrayando que vulnera sus derechos constitucionales al debido proceso y a un juez natural.