Cinco presuntos integrantes de esta organización fueron enviados a la cárcel.
La Fiscalía General de la Nación presentó ante un juez de control de garantías de San José del Guaviare a cinco presuntos integrantes de un red logística y financiera de las disidencias del Frente Primero de las Farc, cuyo cabecilla principal es alias Iván Mordisco.
Estas personas, cuatro hombres y una mujer, serían las encargadas de manejar los dineros producto del cobro de extorsiones, la salida de estupefacientes de las zonas de cultivo y producción en Guaviare, entre otras rentas ilícitas.
Una operación conjunta de la Fiscalía, la Policía Nacional y el Ejército Nacional permitió capturar a estos cinco supuesto integrantes del grupo residual en situación de flagrancia. En los procedimientos, realizados en El Retorno (Guaviare), fueron incautadas ocho armas de fuego, granadas de fragmentación, munición de diferente calibre, además de uniformes y accesorios de uso exclusivo de la fuerza pública.
Entre los detenidos está Jhon Alver Losada Ulcue, alias Jhon, uno de los supuestos jefes de la red ilegal. Los demás capturados fueron identificados como: Alfonso García Perdomo, Jairo Andrés Suaza Ruíz, Yadira Rodríguez Giraldo y Alejandro Ruíz García.
Un fiscal de la Dirección Especializada contra las Organizaciones Criminales les imputó los delitos de fabricación, tráfico y porte de armas, municiones de uso restringido, de uso privativo de las fuerzas armadas o explosivos. Por solicitud de la Fiscalía, los procesados recibieron medida de aseguramiento en centro carcelario.
Esta información se publica por razones de interés general.
LMBG/JARG/DECOC
La información contenida en este boletín de prensa corresponde a la narración de los hechos noticiosos objetivos, suministrados por los funcionarios encargados de adelantar las investigaciones penales al interior de la Fiscalía General de la Nación. Para el momento de la divulgación de este comunicado, la situación jurídica de la(s) persona(s) relacionada(s) se encuentra pendiente de resolver por la autoridad judicial competente, siempre bajo los preceptos de la presunción de inocencia, consagrados en el artículo 29 de la Constitución Política y el artículo 7º de la Ley 906 de 2004.
D.A.