La congresista por el Centro Democrático Paloma Valencia, confirmó que la Corte Constitucional aceptó para su estudio una demanda en contra del proyecto de reforma pensional sancionado recientemente por el presidente de la República Gustavo Petro Urrego.
Por medio de su cuenta de X, la legisladora aseguró: “nuestra demanda contra la reforma pensional ha sido admitida.El petrismo dice que odio a los viejitos. ¡Falso! Por supuesto que estoy de acuerdo con el subsidio al adulto mayor, pero esto no implica una reforma pensional”, anotó.
En esa línea, señaló que no se puede permitir que en el 2045 “los niños tengan que pagar casi un 30% adicional de sus ingresos”, manifestó.
La iniciativa fue sancionada hace algunas semanas por el presidente de la República Gustavo Petro Urrego, quien señaló que el
objetivo de la misma es establecer e implementar el Sistema de Protección Social Integral para la Vejez, que permita amparar a los colombianos y colombianas residentes en el país y en el exterior.
El Sistema de Protección Social Integral para la Vejez entrará en vigor el 1° de julio de 2025 y está estructurado por cuatro pilares:
1. Pilar solidario
Estarán cubiertas todas las personas nacionales residentes en el país mayores de 65 años para el caso de los hombres y mayores de 60 años para el caso de las mujeres, y en el caso de las personas con discapacidad, hombres mayores de 55 años y mujeres mayores de 50 años que tengan pérdida de capacidad laboral igual o superior al 50 por ciento, y que estén en condición de pobreza extrema, pobreza y vulnerabilidad (hasta el nivel C3 del Sisbén), se les otorgará una renta equivalente a 223.800 pesos, correspondiente al umbral de pobreza extrema proyectado para 2024.
2. Pilar semicontributivo
Otorgará una renta vitalicia a las personas que no se pudieron pensionar, pero que tienen semanas en Colpensiones o ahorros en su cuenta individual en una Administradora de los Fondos de Pensiones.
El requisito para recibir esta renta consiste en ser mayor de 65 años para los hombres y haber cotizado mínimo 300 semanas o 60 años para las mujeres y haber cotizado máximo 999 semanas.
Se otorgará una renta vitalicia, con base en lo ahorrado más el 3% efectivo anual, y un subsidio equivalente al 20% para los hombres y un 30% para las mujeres del saldo restante.
También cobijará a los colombianos residentes en el territorio nacional mayores de 65 años, en el caso de los hombres, y de 60 años en las mujeres, que hayan contribuido al Sistema de Protección Social Integral para la Vejez entre 300 y menos de mil semanas y que sean elegibles para el Pilar Solidario.
3. Pilar contributivo
En este pilar estarán todas las personas afiliadas al Sistema donde podrán acceder a una pensión integral de vejez, invalidez o sobrevivientes.
Colpensiones recibirá los aportes hasta los 2,3 primeros salarios mínimos legales mensuales vigentes cotizados y las Administradoras de los Fondos de Pensiones recibirán las cotizaciones que exceden los 2,3 salarios mínimos legales mensuales vigentes.
Esas dos prestaciones se unirán o complementarán para sumar una única pensión de vejez y la totalidad de la pensión deberá ser reconocida en un tiempo no superior a cuatro meses después de radicada la solicitud.
Los parámetros para reconocer la pensión de vejez, tales como edad, semanas y taza de reemplazo se mantienen.
4. Pilar de ahorro individual voluntario
Las personas que tengan capacidad de pago pueden ahorrar en él, para obtener una mejor pensión.
Para este pilar no aplicará ninguna de las modificaciones de la Reforma Pensional.