El Consejo de Estado, por medio de su Sección Quinta, declaró la nulidad del acto por medio del cual fue elegido Polivio Leandro Rosales Cadena como senador de la República por la circunscripción especial indígena.
La decisión se sustentó en la sentencia emitida el 7 de julio de 2023 por la Sala Decimosegunda Especial de Decisión de Pérdida de Investidura, dentro del proceso en el cual se encontró acreditada la configuración de la inhabilidad contemplada en el artículo 179, ordinal 3, de la Constitución Política, como consecuencia de la suscripción de un contrato celebrado entre la entidad sin ánimo de lucro Aico por la Pacha Mama, representada legalmente por el referido parlamentario y el Instituto Departamental de Nariño.
En esa línea, en cumplimiento de lo dispuesto en el parágrafo del artículo 1 de la Ley 1881 de 2018, el Consejo de Estado declaró la existencia de cosa juzgada sobre dicho aspecto.
De acuerdo con el CNE, además Rosales Cadena suscribió, en representación de la misma persona jurídica un contrato dentro de los seis meses anteriores a la fecha en que tuvo lugar la jornada electoral en que resultó elegido como congresista, hecho que también configuró la inhabilidad.