Con la aprobación del artículo 56 de la segunda ponencia de Reforma Tributaria en la Cámara de representantes, cualquier persona podrá hacer transacciones a través de diferentes cuentas de ahorros o tarjetas débito sin preocuparse por el cobro del impuesto del 4×1000.
Sin embargo, este beneficio solo será para quienes realicen transacciones por menos de $13,3 millones de pesos al mes.
¿Esto qué quiere decir?
Hoy en día, cualquier persona en el país tiene derecho a tener un solo producto de débito exento del 4×1.000. Así que si tiene una cuenta bancaría con esta exención y abre una nueva cuenta con otro banco, en las transacciones que realice con la nueva cuenta bancaria deberá pagar dicho impuesto.
Con el artículo aprobado, usted podrá contar con las cuentas de ahorros, tarjetas débito o depósitos electrónicos que quiera sin tener que pagar ese impuesto, siempre y cuando sus transacciones mensuales no superen ese monto.
No obstante, las entidades financieras tendrán un plazo de máximo dos años para desarrollar el sistema que permita intercambiar la información necesaria para poner en funcionamiento esta decisión.