Aunque en realidad son 6’066.847 en esa condición, hay ciudadanos que tienen dos pases: uno para conducir carros y otro para motos, ambos expedidos en el mismo documento, según el Runt.
Entre el 1.° y el 31 de enero de 2022 a 5’675.194 colombianos se les venció su licencia de conducción.
Para personas, y también los conductores a quienes les expire su licencia de esa fecha en adelante, o si la licencia no tiene fecha de vencimiento, están obligados a renovarla y tendrán plazo para hacerlo hasta el 20 de junio del año 2023.
Hasta ese día podrán manejar con esa licencia en el territorio colombiano sin incurrir en una infracción del Código Nacional de Tránsito, pero no podrán conducir en el extranjero.
Hay que destacar que en agosto del año pasado se alertó sobre el cuello de botella que se formaría en los organismos de tránsito y centros de reconocimiento de conductores (CRC), debido a la cantidad de licencias que se vencían en enero del 2022.
En vista a lo anterior, y para evitar el colapso en enero, el Congreso de la República, a través del artículo 11 de la Ley 2161 de 2021, lanzó un salvavidas y extendió la validez de las licencias por dos años más, hasta el 31 de enero del 2024.
Esta semana, la Sala Plena de la Corte Constitucional tumbó dicho artículo, pues el Congreso lo incluyó a última hora sin que surtiera los debates reglamentarios, y porque la medida no guardaba relación directa con la ley que se aprobó para la regulación del Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito (Soat).
¿Cuál es el impacto de la decisión de la Corte?
A pesar de que se cayó el artículo, la Corte de todas formas dejó una salida para que los afectados hagan el trámite de renovación. Para esto dio plazo hasta el 20 de junio del 2023 y evitar así un colapso.
¿Cuál es la razón para qué tantas licencias se venzan al mismo tiempo?
El Decreto 019 de 2012 fijó en diez años la vigencia de las licencias para conductores de motos y vehículos particulares con edades entre los 16 y 59 años. Si el ciudadano tiene entre 60 y 80 años, el proceso de renovación es cada cinco años, y los mayores de 80 años deben hacerlo anualmente. En el caso de la licencia para servicio público, la renovación es cada tres años.
¿Por qué se tomó esa decisión?
Porque antes del 2012 en Colombia existían por lo menos seis formatos de licencia de conducción diferentes, con el agravante de que no tenían fecha de vencimiento, caso único en el mundo.
Los conductores deben someterse a una evaluación de aptitud física, mental y de coordinación motriz cada cierto tiempo para manejar un vehículo, pues estas se van a afectando con el paso de los años. Con el formato único creado en el 2012 empezaron a correr los diez años de vigencia para las licencias expedidas en esa época y las que no tenían fecha de vencimiento.
¿Debe renovar la licencia ya?
Si puede hacerlo ya mismo, no lo dude. El grueso de pases vencidos son de las categorías A1, A2 (motos); B1, B2, B3 (autos, camiones y buses particulares) y C1, C2 y C3 (autos, camiones y buses de servicio público).
¿Puede seguir conduciendo con la licencia vencida?
Sí, pero solo en Colombia y hasta el 20 de junio de 2023. Después le pueden imponer un comparendo por conducir con la licencia vencida. En el exterior no es válida en esas condiciones.
¿Qué necesita para renovar la licencia?
Debe ir a un centro de reconocimiento de conductores (CRC), agendar una cita para realizarse los exámenes físico, mental y de coordinación motriz. No tener multas o infracciones de tránsito pendientes. A la cita debe llevar el documento de identidad original y contar con disponibilidad de tiempo.
Al terminar este proceso, la información quedará cargada automáticamente en la plataforma Runt.