La Corte Constitucional despenalizó este miércoles el suicidio médicamente asistido, en el que a diferencia de la eutanasia es el paciente el que ejecuta la acción para acabar con su vida.
El alto tribunal, con una votación de seis a favor y tres en contra, decidió legalizar este procedimiento tras estudiar una demanda presentada por el Laboratorio de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (DescLAB).
La demanda fue admitida por la Corte Constitucional el 1 de septiembre del año pasado y con ella se buscaba declarar la exequibilidad condicionada del inciso segundo del artículo 107 del Código Penal que establece penas de entre 32 y 108 meses de prisión a quien “eficazmente induzca a otro al suicidio, o le preste una ayuda efectiva para su realización”.
“Cuando la inducción o ayuda esté dirigida a poner fin a intensos sufrimientos provenientes de lesión corporal o enfermedad grave e incurable, se incurrirá en prisión de 16 a 36 meses”, agrega el artículo demandado.
“Tanto la eutanasia como el suicidio médicamente asistido tienen el mismo fin, causar la muerte de una persona que cumple con los requisitos legales. La diferencia es el rol del médico y quién termina causando la muerte”, agregó la información.
En esa línea, Lucas Correa Montoya, director de investigaciones de DescLAB, señaló que se trata de un “nuevo mecanismo” que junto a la eutanasia “permitirá acceder a una muerte médicamente asistida, libre, segura y acompañada”.