A un total de 25 días está Colombia de la primera vuelta presidencial y las dudas sobre los resultados de las elecciones legislativas del 13 de marzo no se han disipado.
El Ministerio de Hacienda ya aprobó los recursos por $3.277.248.189 para una auditoría internacional de los software contratados por la registraduría para garantizar la transparencia en el proceso electoral, pero ahora aparecen nuevos elementos que se encuentran en poder de las autoridades que tendrán que dictaminar su veracidad y concluir lo que corresponda.
Se trata de unos audios que acompañan una denuncia en contra del registrador Alexander Vega.
En el primer audio la persona describe lo que supuestamente hacen con los jurados de votación, que alteraron los requisitos de elección en el software, que el hombre llama “nube” y que así lo hicieron en el departamento del Meta.
-Se hizo con unas empresas por ahí, se hicieron cosas ya grandes.
-Pero como jurados, no como testigos…
-Testigos…
-Pero cómo, porque una cosa son los jurados.
-Los jurados en el Meta nosotros que hicimos bajamos el tope de profesional a técnico porque usted sabe que un jurado no todos son profesional entonces se baja y se suben a la nube…eso se puede hacer…
-Entonces el software los escoge a ellos por el perfil y por la edad.
Estos audios están en poder de la Fiscalía y la Procuraduría y sus alcances judiciales tendrán que ser dictaminados por estos entes de control.
En el audio que van a escuchar la persona trata de justificar la supuesta votación doble de los jurados, incluso, le dice a su interlocutor, que es legal.
-¿Por ejemplo cuantas veces vota un jurado de votación? Si usted metiera 20 mil por ejemplo. Nosotros aspiramos meter en el meta 7 mil.
-¿Jurados?
-Si, de nosotros. ¿Cuántas veces vota un jurado de votación por ejemplo, cuántas veces cree que vota?
-Las que pueda, ¿no?
-Legalmente puede votar dos veces.
-En la lista normal y en el puesto de votación.
-Exactamente, muy bien, ya está aprendiendo.
Ya está aprendiendo” dice el hombre, pero la verdad es que no aprendió nada, y está equivocado quien le responde porque según el código penal en el artículo 392 votar dos veces es un delito que da cárcel.
Ya en el siguiente audio el personaje explica como los jurados podrían votar dos veces con un ejemplo:
-Me llega la citación para jurado de la mesa 5 de Centro Chía por ejemplo, pero yo tengo en ese mismo Centro Chía en la mesa 11, entonces yo que hago….
-Va y voto en el uno y vuelve vota como jurado.
-INAUDIBLE…Y si me llega la votación para la mesa 5, cuántas veces puedo votar?
-Claro, ah ese es el manejo.
-Ahí ya habrían 30 mil votos porque si usted coge 15 mi, perdón 14 mil, usted mete siete mil por dos…hay gente que juega con eso…Ahora vamos a hacer eso en San Andrés, allí apenas pudimos meter 700, es que allá en San Andrés es así d pequeño, usted puede elegir de allá un representante con 2.500 votos.
-Pues si tiene 700 jurados, tiene 1.400 votos, es decir, tiene el 70% ahí de la elección
-A eso es a lo que nosotros nos dedicamos.
“A eso es a lo que nosotros nos dedicamos” dice el señor… La ley de habeas data de protección de datos personales ha impedido que los propios denunciantes puedan confrontar en cada mesa esta información entre los formularios E10 que es la lista de sufragantes, donde se marca con resaltador el número de cédula de quien va a votar, y el E11 que es el registro general de votantes en el que se registran los datos a mano, según la misma información que reposa en las cartillas pedagógicas de los jurados, y lo mismo que uno ve como votante durante el proceso en la mesa de votación.
Estas son algunas de las pruebas que deben confrontar los organismos de control, comprobar la veracidad de esta información que fue alertada desde enero de 2022, dos meses antes de las elecciones legislativas.
Por esta y más razones se hace urgente aplicar esa auditoría internacional, externa e independiente a los software de la registraduría para descartar cualquier posibilidad de manipulación o alteración a esta herramienta.