Sin embargo, la sala de definición de situaciones jurídicas se debe pronunciar respecto a otra solicitud formulada por alias ‘Otoniel’, donde pide acogerse a la JEP.
No otorgarle al excomandante del Clan del Golfo, Dairo Antonio Úsuga, alias ‘Otoniel’ , la garantía de no extradición hacia los Estados Unidos decidió la sección de revisión de la JEP. Esto, tras de una solicitud elevada por su defensa en la que pedían que mientras se decidía si la justicia transicional aceptaba o no su sometimiento, se garantizara que no sería extraditado; la JEP no le otorgó las medidas cautelares, con las cuales él buscaba conseguir la garantía de no extradición.
Este martes se conoció la decisión de la JEP, luego que se conociera que la Corte Suprema de Justicia rechazara suspender el trámite de extradición que ya está en curso en el alto tribunal. Esto después de considerar que al no firmar ningún acta como exintegrante de las Farc, no es miembro representante ni se acogió al proceso de paz firmado en el gobierno de Juan Manuel Santos.
Por su parte, la defensa de alias ‘Otoniel’, argumenta que por el hecho de haber pertenecido a las Farc podría recibir algunos beneficios del acuerdo de paz. Lo que había solicitado el excabecilla del Clan del Golfo ante la JEP era que, como su proceso de extradición avanzaba rápidamente en la Corte Suprema, eso afectaba su derecho a la defensa.
Así las cosas, su proceso de extradición continuará su trámite. Sin embargo, la sala de definición de situaciones jurídicas aún deberá pronunciarse frente a otra solicitud hecha por ‘Otoniel’ en la que pide acogerse a esta jurisdicción, también bajo el argumento de que hizo parte de las Farc y tiene información importante relacionada al conflicto armado, pues también transitó por el EPL, las AUC y el Clan del Golfo .