La actuación fue expedida por la Autoridad Ambiental del Departamento, en atención a las denuncias recibidas por la comunidad del municipio de Luruaco, sobre la posible contaminación en el embalse El Guájaro, y a la cual hizo referencia el líder comunal Humberto Currea, asegurando el día de hoy, que ésta no había sido atendida por la Corporación.
La Corporación Autónoma Regional del Atlántico C.R.A., se permite informar que la atención a dicha denuncia fue priorizada el pasado 3 de diciembre de 2020, dentro de las Jornadas de Brigadas Ambientales adelantadas por la Subdirección de Gestión Ambiental de la entidad para el seguimiento y control al cumplimiento de las obligaciones ambientales de las actividades que causan mayor impacto en el Departamento del Atlántico, en la cual personalmente el Subdirector de Gestión Ambiental conoció de primera mano los hechos por parte del denunciante, ordenando una visita de control a la Planta de Tratamiento de Aguas Residuales PTAR del mencionado municipio, que se llevó a cabo el día 4 de diciembre de 2020.
Ante los hechos denunciados y evidenciados por la Corporación en la visita de control, se procedió a emitir el Informe Técnico No. 485 del 23 de diciembre de 2020 y posteriormente el Auto No. 964 del 28 de diciembre de 2020, por medio del cual se inicia un proceso sancionatorio en contra de la empresa Aguas del Sur del Atlántico S.A E.S.P, por posible infracción ambiental y/o afectación a los recursos naturales renovables en el municipio de Luruaco, con el fin de verificar acciones u omisiones constitutivas de infracción ambiental, por la presunta transgresión a la Resolución 631 de 2015 y al Decreto 1541 de 1978, posibles vertimientos sin tratamiento que puedan contaminar o eutroficar las aguas, causar daño o poner en peligro la salud humana o el normal desarrollo de la flora o fauna y por la falta de implementación del Plan de Saneamiento y Manejo de Vertimientos – PSMV, el cual se encuentra sin vigencia desde el año 2019.
Según el director de la C.R.A, Jesús León Insignares, esta es la oportunidad para instar a las entidades territoriales del Departamento y a los operadores del servicio público de saneamiento básico a actualizar y darle cumplimiento a los Planes de Saneamiento y Manejo de Vertimientos de los municipios, ajustando los programas, proyectos y actividades, con sus respectivos cronogramas e inversiones necesarias para avanzar en el saneamiento y tratamiento de los vertimientos, incluyendo la recolección, transporte, tratamiento y disposición final de las aguas residuales descargadas al sistema público de alcantarillado, tanto sanitario como pluvial, los cuales deberán estar articulados con los objetivos y las metas de calidad y uso que defina esta autoridad ambiental.
Por su parte, el proceso sancionatorio aperturado contra AGUAS DEL SUR DEL ATLÁNTICO S.A. E.S.P. se encuentra en etapa inicio, en la cual la C.R.A. realizará todas aquellas actuaciones que estime necesarias y pertinentes para determinar con certeza los hechos constitutivos de la denuncia presentada por la comunidad, para así proceder a formular cargos o cesar el procedimiento, en los términos establecidos por la Ley 1333 de 2009.